Al comprar una vivienda con hipoteca, debes asumir los gastos de compraventa, mientras que los gastos de constitución de la hipoteca los paga el banco, salvo la tasación.
Desde la entrada en vigor de la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), todos los gastos de la hipoteca (notaría, registro, gestoría e impuesto de AJD) deben ser pagados por el banco, excepto el gasto de tasación, que corresponde al comprador (aunque algunas entidades también lo asumen).
¿Qué gastos debes pagar como comprador con hipoteca?
- Impuestos:
- ITP si es una vivienda de segunda mano.
- IVA + AJD si es una vivienda de obra nueva.
- Notaría y registro (por la escritura de compraventa).
- Gestoría (por la tramitación de la compraventa).
- Tasación (único gasto de la hipoteca que paga el comprador).
Recomendación importante: Consulta las bonificaciones fiscales del ITP disponibles en tu Comunidad Autónoma, especialmente si compras una vivienda usada. Algunas regiones ofrecen reducciones por edad, familia numerosa, discapacidad u otros criterios.