Comprar en matrimonio: diferencia entre gananciales y separación de bienes

Respuesta rápida

La principal diferencia está en cómo se atribuye la propiedad de la vivienda. En gananciales, una vivienda adquirida con dinero común tiene, con carácter general, naturaleza ganancial. En separación de bienes, en cambio, cada comprador puede adquirir un porcentaje concreto de la vivienda.

Cuando un matrimonio compra una vivienda, el régimen económico matrimonial puede influir en la forma en la que se adquiere y se organiza la propiedad.

Por tanto, antes de firmar la compraventa conviene saber si el matrimonio está sujeto a sociedad de gananciales o a separación de bienes. La diferencia puede ser especialmente importante cuando uno de los compradores aporta más dinero que el otro.

¿Qué ocurre si compramos en sociedad de gananciales?

En el régimen de gananciales, los bienes adquiridos a título oneroso con dinero común tienen, con carácter general, naturaleza ganancial. Por ello, la vivienda pertenece a la sociedad de gananciales y no se configura como una copropiedad ordinaria con un porcentaje individual para cada cónyuge.

Además, cuando la sociedad de gananciales se disuelve, será necesario realizar su liquidación. En ese momento se determina cómo se distribuye el patrimonio ganancial entre ambos cónyuges.

¿Y si compramos en separación de bienes?

En separación de bienes, cada cónyuge mantiene la propiedad de los bienes que adquiere. Por tanto, si ambos compran una vivienda, pueden reflejar en la escritura el porcentaje de propiedad que corresponde a cada uno.

Por ejemplo, la vivienda puede adquirirse al 50 % para cada comprador. Sin embargo, también pueden establecerse porcentajes diferentes si la operación y las aportaciones realizadas justifican otro reparto.

Sociedad de gananciales

La vivienda adquirida con fondos comunes tiene, con carácter general, naturaleza ganancial. Si el régimen se disuelve, posteriormente deberá liquidarse la sociedad de gananciales.

Separación de bienes

Cada comprador puede ser titular de un porcentaje concreto de la vivienda. Ese porcentaje queda reflejado en la escritura y en el Registro de la Propiedad.

¿Qué pasa si uno aporta más dinero que el otro?

Esta cuestión es especialmente relevante en las compras realizadas bajo separación de bienes. Si uno de los compradores aporta más capital inicial, puede resultar conveniente estudiar qué porcentaje de propiedad corresponde realmente a cada parte.

Además, el reparto no tiene por qué limitarse al dinero entregado como entrada. También debe analizarse cómo se distribuye la financiación y qué cantidades aporta cada comprador al conjunto de la operación.

Por eso, antes de firmar ante notario conviene calcular el reparto y comprobar que los porcentajes que aparecen en la escritura reflejan correctamente el acuerdo entre ambos compradores.

¿Qué ocurre con la vivienda si la pareja se separa?

En separación de bienes, cada titular mantiene inicialmente el porcentaje de propiedad que figura en la escritura. Sin embargo, si una de las partes quiere quedarse con toda la vivienda, puede ser necesario realizar una extinción de condominio.

En gananciales, en cambio, la separación puede exigir la liquidación de la sociedad de gananciales. Por ello, el procedimiento no es exactamente el mismo que en una copropiedad ordinaria.

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