Actualizado 2026

Bonificaciones fiscales en el ITP por compra de vivienda en Islas Baleares

En las Illes Balears, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se aplica mediante un sistema progresivo por tramos que puede alcanzar el 13 %. Aun así, la comunidad contempla tipos reducidos del 4 % y del 2 %, así como una bonificación del 100 % de la cuota para la compra de primera vivienda habitual en determinados supuestos, especialmente para jóvenes y personas con discapacidad.

Última revisión: 2026 Ámbito: Illes Balears Fuentes: ATIB y contenido facilitado
En Baleares el cálculo general no se hace con un porcentaje único. Se tributa por tramos acumulados, por lo que el impuesto final aumenta progresivamente conforme sube el valor del inmueble.
ITP general8–13 %Sistema progresivo por tramos, con un marginal máximo del 13 %.
Tipos reducidos2–4 %Ventajas específicas para vivienda habitual y determinados perfiles protegidos.
Bonificación máxima100 %Posible para menores de 30 años y personas con discapacidad, si cumplen todos los requisitos.

Resumen del ITP en Baleares

La siguiente tabla resume el sistema progresivo general y los principales beneficios fiscales que aparecen en el contenido facilitado.

SupuestoTipo o bonificaciónLímite económicoCondición principalObservación
Tipo general por tramos8 % a 13 %Sin límite únicoSe aplica por tramos acumuladosNo existe un porcentaje plano sobre todo el precio.
Vivienda habitual4 %Hasta 270.151,20 €Residencia habitual y adquisición mínima del 50 %No puede tener el 50 % o más de otra vivienda.
Vivienda habitual en casos especiales2 %Hasta 270.151,20 €Jóvenes menores de 36, discapacidad en IRPF o familia protegidaSe exigen además las condiciones del tipo del 4 %.
Familia numerosa2 % + 8 %Hasta 350.000 €2 % sobre los primeros 270.151,20 €El exceso hasta 350.000 € tributa al 8 %.
Bonificación total100 %Hasta 270.151,20 €Menor de 30 años o discapacidad igual o superior al 33 %Requiere hipoteca mínima del 60 % del valor de tasación y límites de renta.

Calculadora orientativa del ITP en Baleares

Selecciona el supuesto que quieras revisar. La calculadora estima el impuesto comparando el resultado con el régimen general progresivo.

La bonificación del 100 % exige, entre otros requisitos, residencia habitual en Baleares durante los 3 años anteriores, límite de renta y formalización de hipoteca por al menos el 60 % del valor de tasación.

Impuesto estimado
10.000 €
Régimen aplicado4 %
Ahorro frente al general10.000 €

Estimación orientativa de Forohipotecario. La aplicación real del beneficio exige cumplir todos los requisitos legales y presentar la autoliquidación correspondiente.

Tipos reducidos y bonificaciones en la compra de vivienda habitual

Baleares combina un régimen general exigente con beneficios muy competitivos para determinados compradores de vivienda habitual.

Vivienda habitual

Tipo reducido del 4 %

Tipo ITP4 %

Se aplica a la compra de vivienda habitual con valor de hasta 270.151,20 €, siempre que se cumplan determinados requisitos de titularidad y destino.

Valor máximo
Hasta 270.151,20 €.
Participación mínima
Debe adquirirse al menos el 50 % de la plena propiedad o del derecho de uso o disfrute.
Otra vivienda
No se puede ser titular o cotitular del 50 % o más de otra vivienda.
Casos especiales

Tipo reducido del 2 %

Tipo ITP2 %

Este tipo reducido se aplica cuando, además de cumplirse las condiciones del 4 %, concurre alguna circunstancia personal o familiar especialmente protegida.

Beneficiarios
Menores de 36 años que compren su primera vivienda habitual, personas con derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes y familias protegidas.
Límite general
Hasta 270.151,20 €.
Familia numerosa
Si la vivienda no supera 350.000 €, el 2 % se aplica a los primeros 270.151,20 € y el resto hasta 350.000 € tributa al 8 %.
Bonificación total

Bonificación del 100 % de la cuota

Cuota ITP0 €

Una de las ventajas más potentes del sistema balear es la bonificación íntegra de la cuota del ITP para jóvenes menores de 30 años y personas con discapacidad igual o superior al 33 %, siempre que se cumplan todos los requisitos exigidos.

Perfil
Menor de 30 años o persona con discapacidad igual o superior al 33 %.
Requisitos económicos
Base imponible total del IRPF: hasta 52.800 € en individual o 84.480 € en conjunta.
Requisitos adicionales
Residencia habitual en Baleares durante los 3 años anteriores, primera vivienda habitual, precio máximo de 270.151,20 € y formalización de hipoteca por al menos el 60 % del valor de tasación.
Importante: aunque la cuota bonificada sea del 100 %, sigue siendo obligatorio presentar la autoliquidación del impuesto.

Requisitos comunes y advertencias

La vivienda debe mantener la condición de habitual y el incumplimiento de los requisitos puede obligar a regularizar el impuesto.

Aspectos clave

  • La vivienda debe constituir residencia habitual, con permanencia mínima de 3 años.
  • Si se incumplen los requisitos, se pierde el beneficio fiscal.
  • En ese caso, debe presentarse una autoliquidación complementaria en el plazo de un mes desde la causa del incumplimiento.
  • Habrá que ingresar la diferencia respecto al tipo general, junto con los intereses de demora.

Datos prácticos

ModeloAutoliquidación del ITP en el plazo legal correspondiente.
Plazo por incumplimientoUn mes desde la causa que origine la pérdida del beneficio.
Condición de habitualLa vivienda debe usarse como residencia habitual durante al menos 3 años.
Portal oficialAgencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB).

Preguntas frecuentes sobre el ITP en Baleares

¿Cuál es el tipo general del ITP en Baleares?

No hay un porcentaje único. Baleares aplica un sistema progresivo por tramos que empieza en el 8 % y puede llegar al 13 %.

¿Cuándo se aplica el tipo reducido del 4 %?

En la compra de vivienda habitual de hasta 270.151,20 €, siempre que se adquiera al menos el 50 % del inmueble y no se tenga el 50 % o más de otra vivienda.

¿Quién puede aplicar el 2 %?

Entre otros supuestos, menores de 36 años que compren su primera vivienda habitual, quienes tengan derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes y determinadas familias numerosas o monoparentales.

¿Existe una bonificación total del impuesto?

Sí. La cuota puede quedar bonificada al 100 % para menores de 30 años y personas con discapacidad igual o superior al 33 %, si cumplen todos los requisitos de residencia, renta, precio y financiación hipotecaria.

¿Qué ocurre si dejo de cumplir los requisitos?

Se pierde el beneficio fiscal y debe presentarse una autoliquidación complementaria en el plazo de un mes, ingresando la diferencia con intereses de demora.

Baleares frente a otras comunidades autónomas

Baleares combina tipos generales elevados con tipos reducidos y una bonificación total muy competitiva, aunque exige condiciones estrictas de edad, renta, valor y financiación hipotecaria. No se aprecian beneficios específicos por despoblación o patrimonio familiar más allá de los supuestos descritos.

Valoración relativa: ⭐⭐⭐⭐☆ (4/5)
Posicionamiento: excelente para jóvenes que compran su primera vivienda, pero con un acceso limitado cuando se superan los umbrales de renta o valor. El tipo de partida es de los más exigentes del país.

Fuentes oficiales y actualización

Información consultada

Última revisión: 2026. Adaptación informativa basada en el contenido facilitado por el usuario.

Calcula el coste total antes de firmar

Además del ITP, una compraventa puede incluir notaría, registro, tasación y otros gastos. También puedes revisar si encajas en la Hipoteca Joven Baleares con garantía del IBAVI.