Impuestos y bonificaciones al comprar vivienda en Cantabria
En Cantabria, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se aplica con un tipo general del 9 %, pero existen varios tipos reducidos orientados a facilitar el acceso a la vivienda. Entre ellos figuran el 7 % para vivienda habitual de hasta 200.000 €, el 4 % y el 3 % para determinados colectivos y un 5 % específico para viviendas que vayan a ser objeto de rehabilitación inmediata. También existe un tipo del 3 % para jóvenes empresarios cuando la adquisición se vincula a una actividad económica.
Valoración previa del inmueble en Cantabria
Antes de calcular el impuesto, recuerda que la comunidad dispone de un sistema propio de valoración de bienes inmuebles que puede resultar relevante para fijar la base imponible de la operación.
Resumen de tipos y bonificaciones del ITP en Cantabria
La siguiente tabla reúne los principales tipos indicados en el contenido facilitado. El tipo reducido debe solicitarse expresamente en la autoliquidación y solo se aplica si se acreditan todos los requisitos.
| Perfil o supuesto | Impuesto | Tipo aplicable | Límite o condición económica | Requisito principal |
|---|---|---|---|---|
| Compra ordinaria | ITP-TPO | 9 % | Sin límite específico | Se aplica cuando no procede ningún tipo reducido. |
| Vivienda habitual | ITP-TPO | 7 % | Vivienda de hasta 200.000 € | No exige pertenencia a colectivo específico. |
| Familia numerosa | ITP-TPO | 4 % | Sin límite específico indicado | La vivienda debe destinarse a residencia habitual. |
| Familia monoparental | ITP-TPO | 4 % | Sin límite específico indicado | La vivienda debe destinarse a residencia habitual. |
| Menor de 36 años | ITP-TPO | 4 % | Sin límite específico indicado | Residencia habitual y acreditación de edad. |
| Discapacidad ≥33 % e <65 % | ITP-TPO | 4 % | Sin límite específico indicado | Residencia habitual y certificado de discapacidad. |
| Discapacidad ≥65 % | ITP-TPO | 3 % | Sin límite específico indicado | Residencia habitual y certificado de discapacidad. |
| Rehabilitación inmediata | ITP-TPO | 5 % | Obras ≥25 % del precio de compra | Licencia municipal presentada en el momento de la compra. |
| Jóvenes empresarios | ITP-TPO | 3 % | Sin límite específico indicado | Sociedad constituida por menores de 36 años y destino a actividad económica. |
Calculadora orientativa del ITP en Cantabria
Introduce el precio estimado de compra y selecciona el supuesto que quieres revisar. La herramienta aplica los tipos indicados en el contenido original y compara el resultado frente al tipo general del 9 %.
Estimación informativa de Forohipotecario. No sustituye la autoliquidación (modelo 600) ni la comprobación documental de los requisitos.
Bonificaciones y tipos reducidos del ITP en Cantabria
Cantabria combina un tipo reducido general para vivienda habitual con otros beneficios específicos para determinados colectivos, supuestos de rehabilitación y jóvenes empresarios.
Tipo reducido del 7 %
Este tipo reducido puede aplicarse a la compra de vivienda habitual sin necesidad de pertenecer a un colectivo específico, siempre que el valor máximo de la vivienda no supere los 200.000 €.
- Destino
- La vivienda debe destinarse a residencia habitual.
- Límite económico
- Valor máximo de la vivienda: 200.000 €.
- Colectivo
- No se exige pertenencia a un colectivo determinado.
Tipo reducido del 4 %
Está disponible para la compra de vivienda habitual por parte de familias numerosas, familias monoparentales, menores de 36 años y personas con discapacidad igual o superior al 33 % e inferior al 65 %.
- Beneficiarios
- Familias numerosas, monoparentales, jóvenes menores de 36 años y personas con discapacidad del 33 % al 64 %.
- Vivienda
- Debe ser la residencia habitual del comprador.
- Acreditación
- Se requiere documentación justificativa del colectivo correspondiente.
Tipo reducido del 3 %
Se aplica a personas con discapacidad igual o superior al 65 %, siempre que la vivienda se destine a residencia habitual.
- Beneficiarios
- Personas con discapacidad igual o superior al 65 %.
- Destino
- La vivienda debe ser habitual.
- Prueba documental
- Certificado de discapacidad u otra acreditación válida.
Tipo reducido del 5 % para rehabilitación inmediata
Este tipo reducido exige que la vivienda vaya a ser objeto de rehabilitación inmediata, con un esfuerzo inversor relevante y licencia municipal disponible desde el momento de la compra.
- Inversión mínima
- Las obras deben representar al menos el 25 % del precio de adquisición.
- Licencia
- Debe presentarse licencia municipal de obras en el momento de la compra.
- Plazo de ejecución
- Las obras deben completarse en un máximo de 18 meses desde el devengo.
- Justificación posterior
- Dentro del mes siguiente a la finalización deben presentarse facturas detalladas y la licencia de obra.
- Destino
- La vivienda debe usarse como habitual durante al menos tres años desde la finalización.
- Incumplimiento
- Si no se cumplen las condiciones, se pierde el beneficio y debe regularizarse la diferencia con intereses.
Tipo reducido del 3 % para jóvenes empresarios
Está orientado a la compra de inmuebles por sociedades constituidas por jóvenes menores de 36 años, siempre que el inmueble se destine a una actividad económica.
- Beneficiario
- Sociedades constituidas por jóvenes menores de 36 años.
- Destino del inmueble
- Debe vincularse a una actividad económica.
- Documentación
- Escritura de constitución y objeto social, entre otros justificantes.
Ejemplos orientativos de cálculo
Los siguientes supuestos se ofrecen con carácter meramente orientativo y presuponen que se cumplen todos los requisitos del beneficio aplicable.
Vivienda habitual por 180.000 €
- Tipo general
- 9 %
- Tipo reducido
- 7 %
- ITP resultante
- 12.600 €
- Ahorro fiscal
- 3.600 €
Joven menor de 36 años por 150.000 €
- Tipo general
- 9 %
- Tipo reducido
- 4 %
- ITP resultante
- 6.000 €
- Ahorro fiscal
- 7.500 €
Rehabilitación inmediata por 200.000 €
- Tipo general
- 9 %
- Tipo reducido
- 5 %
- ITP resultante
- 10.000 €
- Ahorro fiscal
- 8.000 €
Requisitos comunes, documentación y plazo
Los beneficios fiscales en Cantabria no se aplican automáticamente. Deben solicitarse al presentar la autoliquidación y acompañarse de la documentación que acredite el supuesto invocado.
Documentación habitual
- Escritura de compraventa y DNI de los adquirentes.
- Título de familia numerosa, cuando corresponda.
- Certificado de discapacidad.
- Justificante de edad para los supuestos de menores de 36 años.
- Licencia de obras y documentación de rehabilitación cuando se aplique el tipo del 5 %.
- Escritura de constitución y objeto social en el supuesto de jóvenes empresarios.
Datos prácticos
Preguntas frecuentes sobre el ITP en Cantabria
¿El tipo del 7 % se aplica a cualquier vivienda habitual?
No. Además de destinarse a vivienda habitual, el valor máximo de la vivienda debe ser de 200.000 €.
¿Qué ocurre si hay varios compradores y solo uno cumple los requisitos?
Según el contenido facilitado, solo puede beneficiarse del tipo reducido quien cumpla los requisitos, aplicándolo a su parte proporcional.
¿Cantabria prevé bonificaciones por zonas rurales o despobladas?
No. El propio contenido señala que Cantabria no contempla bonificaciones específicas por zonas rurales o despobladas.
¿Qué pasa si no se cumplen las condiciones de la rehabilitación inmediata?
Se pierde el beneficio fiscal y debe regularizarse la situación abonando la diferencia respecto al tipo general, con los intereses legales que correspondan.
¿Los beneficios se aplican automáticamente?
No. Deben solicitarse expresamente al presentar la autoliquidación mediante el modelo 600.
Cantabria frente a otras comunidades autónomas
Cantabria presenta un abanico interesante de bonificaciones, especialmente para perfiles protegidos, jóvenes empresarios y viviendas rehabilitables. Sin embargo, no incentiva de forma específica la compra en zonas rurales como hacen otras comunidades autónomas.
Valoración relativa: ⭐⭐⭐☆ ☆ (3/5)
Posicionamiento: amplia cobertura a colectivos vulnerables y empresarios jóvenes, pero con un alcance geográfico limitado.
Fuentes oficiales y actualización
Información consultada
- Agencia Cántabra Tributaria.
- Utilidad de valoración de bienes inmuebles de Cantabria.
- Línea ICAF Avales Vivienda Cantabria 2026.
Última revisión: 2026. Contenido informativo adaptado al diseño de Forohipotecario con base en el texto facilitado por el usuario. Antes de presentar la autoliquidación, conviene verificar la normativa y los requisitos vigentes.
Calcula el coste completo antes de firmar
Además del impuesto, una compra puede incluir notaría, registro, tasación y otros gastos. Utiliza el simulador para preparar una estimación global o revisa si encajas en la Línea ICAF Avales Vivienda Cantabria.