Actualizado 2026

Impuestos y bonificaciones al comprar vivienda en Cantabria

En Cantabria, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales se aplica con un tipo general del 9 %, pero existen varios tipos reducidos orientados a facilitar el acceso a la vivienda. Entre ellos figuran el 7 % para vivienda habitual de hasta 200.000 €, el 4 % y el 3 % para determinados colectivos y un 5 % específico para viviendas que vayan a ser objeto de rehabilitación inmediata. También existe un tipo del 3 % para jóvenes empresarios cuando la adquisición se vincula a una actividad económica.

Última revisión: 2026 Ámbito: Cantabria Fuentes: Agencia Cántabra Tributaria y contenido facilitado
Cantabria cuenta con un sistema propio de valoración de bienes inmuebles para establecer la base imponible. Antes de autoliquidar el impuesto, conviene revisar el valor comprobado o estimado del inmueble y confirmar si se cumplen los requisitos del tipo reducido correspondiente.
ITP general9 %Tipo aplicable por defecto cuando no procede ningún beneficio fiscal.
Vivienda habitual7 %Para compras de vivienda habitual con valor máximo de 200.000 €.
Colectivos y rehabilitación3–5 %Tipos reducidos para colectivos protegidos, rehabilitación inmediata y jóvenes empresarios.

Valoración previa del inmueble en Cantabria

Antes de calcular el impuesto, recuerda que la comunidad dispone de un sistema propio de valoración de bienes inmuebles que puede resultar relevante para fijar la base imponible de la operación.

Resumen de tipos y bonificaciones del ITP en Cantabria

La siguiente tabla reúne los principales tipos indicados en el contenido facilitado. El tipo reducido debe solicitarse expresamente en la autoliquidación y solo se aplica si se acreditan todos los requisitos.

Perfil o supuestoImpuestoTipo aplicableLímite o condición económicaRequisito principal
Compra ordinariaITP-TPO9 %Sin límite específicoSe aplica cuando no procede ningún tipo reducido.
Vivienda habitualITP-TPO7 %Vivienda de hasta 200.000 €No exige pertenencia a colectivo específico.
Familia numerosaITP-TPO4 %Sin límite específico indicadoLa vivienda debe destinarse a residencia habitual.
Familia monoparentalITP-TPO4 %Sin límite específico indicadoLa vivienda debe destinarse a residencia habitual.
Menor de 36 añosITP-TPO4 %Sin límite específico indicadoResidencia habitual y acreditación de edad.
Discapacidad ≥33 % e <65 %ITP-TPO4 %Sin límite específico indicadoResidencia habitual y certificado de discapacidad.
Discapacidad ≥65 %ITP-TPO3 %Sin límite específico indicadoResidencia habitual y certificado de discapacidad.
Rehabilitación inmediataITP-TPO5 %Obras ≥25 % del precio de compraLicencia municipal presentada en el momento de la compra.
Jóvenes empresariosITP-TPO3 %Sin límite específico indicadoSociedad constituida por menores de 36 años y destino a actividad económica.

Calculadora orientativa del ITP en Cantabria

Introduce el precio estimado de compra y selecciona el supuesto que quieres revisar. La herramienta aplica los tipos indicados en el contenido original y compara el resultado frente al tipo general del 9 %.

La base imponible puede venir condicionada por el sistema de valoración propio de Cantabria.

Impuesto estimado
12.600 €
Tipo aplicado7 %
Ahorro frente al 9 %3.600 €

Estimación informativa de Forohipotecario. No sustituye la autoliquidación (modelo 600) ni la comprobación documental de los requisitos.

Bonificaciones y tipos reducidos del ITP en Cantabria

Cantabria combina un tipo reducido general para vivienda habitual con otros beneficios específicos para determinados colectivos, supuestos de rehabilitación y jóvenes empresarios.

Vivienda habitual

Tipo reducido del 7 %

Tipo ITP7 %

Este tipo reducido puede aplicarse a la compra de vivienda habitual sin necesidad de pertenecer a un colectivo específico, siempre que el valor máximo de la vivienda no supere los 200.000 €.

Destino
La vivienda debe destinarse a residencia habitual.
Límite económico
Valor máximo de la vivienda: 200.000 €.
Colectivo
No se exige pertenencia a un colectivo determinado.
Clave práctica: si el inmueble supera los 200.000 €, este tipo reducido no resulta aplicable, aunque se cumplan otras circunstancias.
Colectivos protegidos

Tipo reducido del 4 %

Tipo ITP4 %

Está disponible para la compra de vivienda habitual por parte de familias numerosas, familias monoparentales, menores de 36 años y personas con discapacidad igual o superior al 33 % e inferior al 65 %.

Beneficiarios
Familias numerosas, monoparentales, jóvenes menores de 36 años y personas con discapacidad del 33 % al 64 %.
Vivienda
Debe ser la residencia habitual del comprador.
Acreditación
Se requiere documentación justificativa del colectivo correspondiente.
Discapacidad severa

Tipo reducido del 3 %

Tipo ITP3 %

Se aplica a personas con discapacidad igual o superior al 65 %, siempre que la vivienda se destine a residencia habitual.

Beneficiarios
Personas con discapacidad igual o superior al 65 %.
Destino
La vivienda debe ser habitual.
Prueba documental
Certificado de discapacidad u otra acreditación válida.
Rehabilitación

Tipo reducido del 5 % para rehabilitación inmediata

Tipo ITP5 %

Este tipo reducido exige que la vivienda vaya a ser objeto de rehabilitación inmediata, con un esfuerzo inversor relevante y licencia municipal disponible desde el momento de la compra.

Inversión mínima
Las obras deben representar al menos el 25 % del precio de adquisición.
Licencia
Debe presentarse licencia municipal de obras en el momento de la compra.
Plazo de ejecución
Las obras deben completarse en un máximo de 18 meses desde el devengo.
Justificación posterior
Dentro del mes siguiente a la finalización deben presentarse facturas detalladas y la licencia de obra.
Destino
La vivienda debe usarse como habitual durante al menos tres años desde la finalización.
Incumplimiento
Si no se cumplen las condiciones, se pierde el beneficio y debe regularizarse la diferencia con intereses.
Actividad económica

Tipo reducido del 3 % para jóvenes empresarios

Tipo ITP3 %

Está orientado a la compra de inmuebles por sociedades constituidas por jóvenes menores de 36 años, siempre que el inmueble se destine a una actividad económica.

Beneficiario
Sociedades constituidas por jóvenes menores de 36 años.
Destino del inmueble
Debe vincularse a una actividad económica.
Documentación
Escritura de constitución y objeto social, entre otros justificantes.

Ejemplos orientativos de cálculo

Los siguientes supuestos se ofrecen con carácter meramente orientativo y presuponen que se cumplen todos los requisitos del beneficio aplicable.

1

Vivienda habitual por 180.000 €

Tipo general
9 %
Tipo reducido
7 %
ITP resultante
12.600 €
Ahorro fiscal
3.600 €
2

Joven menor de 36 años por 150.000 €

Tipo general
9 %
Tipo reducido
4 %
ITP resultante
6.000 €
Ahorro fiscal
7.500 €
3

Rehabilitación inmediata por 200.000 €

Tipo general
9 %
Tipo reducido
5 %
ITP resultante
10.000 €
Ahorro fiscal
8.000 €

Requisitos comunes, documentación y plazo

Los beneficios fiscales en Cantabria no se aplican automáticamente. Deben solicitarse al presentar la autoliquidación y acompañarse de la documentación que acredite el supuesto invocado.

Documentación habitual

  • Escritura de compraventa y DNI de los adquirentes.
  • Título de familia numerosa, cuando corresponda.
  • Certificado de discapacidad.
  • Justificante de edad para los supuestos de menores de 36 años.
  • Licencia de obras y documentación de rehabilitación cuando se aplique el tipo del 5 %.
  • Escritura de constitución y objeto social en el supuesto de jóvenes empresarios.

Datos prácticos

ModeloModelo 600.
SolicitudEl beneficio debe pedirse expresamente al autoliquidar el impuesto.
Plazo30 días hábiles desde la firma de la compraventa.
DestinoLa vivienda debe ser habitual salvo en los supuestos expresamente económicos o empresariales.

Preguntas frecuentes sobre el ITP en Cantabria

¿El tipo del 7 % se aplica a cualquier vivienda habitual?

No. Además de destinarse a vivienda habitual, el valor máximo de la vivienda debe ser de 200.000 €.

¿Qué ocurre si hay varios compradores y solo uno cumple los requisitos?

Según el contenido facilitado, solo puede beneficiarse del tipo reducido quien cumpla los requisitos, aplicándolo a su parte proporcional.

¿Cantabria prevé bonificaciones por zonas rurales o despobladas?

No. El propio contenido señala que Cantabria no contempla bonificaciones específicas por zonas rurales o despobladas.

¿Qué pasa si no se cumplen las condiciones de la rehabilitación inmediata?

Se pierde el beneficio fiscal y debe regularizarse la situación abonando la diferencia respecto al tipo general, con los intereses legales que correspondan.

¿Los beneficios se aplican automáticamente?

No. Deben solicitarse expresamente al presentar la autoliquidación mediante el modelo 600.

Cantabria frente a otras comunidades autónomas

Cantabria presenta un abanico interesante de bonificaciones, especialmente para perfiles protegidos, jóvenes empresarios y viviendas rehabilitables. Sin embargo, no incentiva de forma específica la compra en zonas rurales como hacen otras comunidades autónomas.

Valoración relativa: ⭐⭐⭐☆ ☆ (3/5)
Posicionamiento: amplia cobertura a colectivos vulnerables y empresarios jóvenes, pero con un alcance geográfico limitado.

Fuentes oficiales y actualización

Información consultada

Última revisión: 2026. Contenido informativo adaptado al diseño de Forohipotecario con base en el texto facilitado por el usuario. Antes de presentar la autoliquidación, conviene verificar la normativa y los requisitos vigentes.

Calcula el coste completo antes de firmar

Además del impuesto, una compra puede incluir notaría, registro, tasación y otros gastos. Utiliza el simulador para preparar una estimación global o revisa si encajas en la Línea ICAF Avales Vivienda Cantabria.