Línea ICAF Avales Vivienda Cantabria 2026 | Hasta el 100 %

Línea ICAF Avales Vivienda Cantabria 2026

La Línea ICAF Avales Vivienda 2026 facilita la compra de la primera vivienda habitual en Cantabria a personas solventes que no disponen de todo el ahorro que suele exigir una hipoteca limitada al 80 %. La financiación puede llegar hasta el 100 %, siempre sujeta al análisis de la entidad financiera.

100%
Financiación posible
18-45
Edad admitida
300k
Precio máximo

En qué consiste la Línea ICAF Avales Vivienda

El ICAF puede avalar el tramo de financiación que supere el 80 % y llegue hasta el 100 % del menor importe entre el precio de compraventa y el valor de tasación. Sin embargo, el aval no implica la aprobación automática: primero, una entidad financiera colaboradora debe analizar la solvencia y emitir una oferta o propuesta de financiación.

Hasta el 100 % de financiación

La financiación máxima posible alcanza el 100 % del valor de referencia. El ICAF puede avalar el tramo comprendido entre el 80 % y el 100 %.

Hasta 45 años

El programa se dirige a personas mayores de edad y de hasta 45 años. Todos los titulares de la financiación y adquirentes de la vivienda deben cumplir la edad.

Primera vivienda habitual

La vivienda debe estar situada en Cantabria, constituir la primera vivienda del solicitante y destinarse a domicilio habitual y permanente.

Aval gratuito condicionado

El aval es gratuito mientras se cumplan las condiciones del programa. Si existe un incumplimiento, el ICAF puede aplicar una comisión del 2 % sobre el riesgo vivo.

Requisitos, vivienda y condiciones principales

Antes de solicitar la garantía conviene revisar las condiciones personales, los límites de ingresos, las características de la vivienda y el procedimiento previsto.

  • Personas mayores de edad y de hasta 45 años que quieran adquirir su primera vivienda habitual y permanente en Cantabria.
  • Todos los titulares de la financiación y todos los adquirentes deben cumplir el requisito de edad.
  • Se admite nacionalidad española, nacionalidad de otro Estado de la Unión Europea o, para personas de terceros países, residencia legal en España.
  • Debe acreditarse residencia legal, continuada e ininterrumpida en Cantabria durante los dos años inmediatamente anteriores a la solicitud.
  • Es necesario estar al corriente con las Administraciones Públicas y la Seguridad Social. Se admiten deudas aplazadas, fraccionadas o con la ejecución suspendida.
  • No pueden existir anotaciones de morosidad en la CIRBE, ficheros de impagos u otros sistemas equivalentes.
  • Como regla general, el solicitante no puede ser propietario ni titular de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda situada en España.
  • Se admite una parte alícuota inferior al 50 % sobre otra vivienda.
  • También se admite que, tras una separación o divorcio, no se haya adjudicado al solicitante el uso de la vivienda familiar.
  • Existe otra excepción cuando el inmueble está sujeto a un derecho de usufructo a favor de un tercero.

La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro declaradas en el IRPF de cada persona beneficiaria no puede superar seis veces el IPREM.

Si no se presentó declaración del IRPF, se tendrán en cuenta los ingresos brutos percibidos durante 2025. Cuando soliciten la garantía dos personas, el folleto informativo establece un límite conjunto de 86.500 €.

  • Debe estar situada en Cantabria y destinarse a domicilio habitual y permanente.
  • Puede ser nueva o usada, libre, de protección pública o de promoción privada.
  • El precio de adquisición debe ser igual o inferior a 300.000 €.
  • El límite no incluye gastos ni tributos, pero sí las plazas de aparcamiento, trasteros y demás anejos vinculados.

El ICAF avala el exceso de financiación sobre el 80 % y hasta un máximo del 100 % concedido por una entidad financiera colaboradora. El importe máximo se calcula sobre el menor valor entre el precio de compraventa y la tasación.

La entidad financiera mantiene la facultad de aprobar o rechazar la operación después de analizar la solvencia. Además, impuestos, tasación y otros gastos no quedan necesariamente cubiertos y deben afrontarse con ahorro propio.

El aval es gratuito mientras se cumplan las condiciones. Si se detecta un incumplimiento, el ICAF puede aplicar una comisión del 2 % sobre el riesgo vivo de la garantía.

  1. Solicitar a una entidad financiera colaboradora una oferta de financiación de hasta el 100 % del valor de referencia.
  2. Obtener de la entidad la oferta o propuesta de financiación.
  3. Solicitar al ICAF el aval del tramo comprendido entre el 80 % y el 100 %.
  4. Presentar la solicitud, la oferta de financiación y la documentación que acredite los requisitos.

La solicitud y la documentación pueden enviarse a solicitudes@icafinanzas.com.

Para resolver dudas: teléfono 942 31 81 97 y correo administracion@icafinanzas.com.

Comprueba si puedes acceder a la Línea ICAF

Responde estas preguntas para valorar de forma orientativa si podrías encajar en el programa. El resultado no sustituye la revisión documental, el análisis de solvencia ni la decisión del banco y del ICAF.

¿Todos los titulares y adquirentes tienen entre 18 y 45 años? Todos deben ser mayores de edad y tener hasta 45 años al solicitar la garantía.
Sí, todos cumplen el requisito de edad
No, no cumplo este requisito
¿Puedes acreditar dos años de residencia legal continuada en Cantabria? El periodo debe ser continuado e ininterrumpido e inmediatamente anterior a la solicitud.
Sí, cumplo el requisito de residencia
No, no lo cumplo
¿Será tu primera vivienda o cumples una de las excepciones admitidas? Se admiten una participación inferior al 50 %, la falta de adjudicación del uso tras separación o divorcio, o un usufructo a favor de un tercero.
Sí, es mi primera vivienda o cumplo una excepción
No, tengo otra vivienda y no cumplo una excepción
¿La vivienda está en Cantabria, será habitual y cuesta 300.000 € o menos? El precio incluye los anejos vinculados, pero no los gastos ni los tributos de la compraventa.
Sí, cumple ubicación, destino y precio
No, incumple alguno de estos requisitos
¿Cumples el límite de ingresos aplicable? Hasta seis veces el IPREM por beneficiario. Si solicitan dos personas, el folleto establece un límite conjunto de 86.500 €.
Sí, estoy dentro del límite
No, supero el límite aplicable
¿Estás al corriente con las Administraciones y sin anotaciones de morosidad? Se admiten deudas aplazadas, fraccionadas o con la ejecución suspendida.
Sí, cumplo ambas condiciones
No, incumplo alguna de ellas
¿Necesitas financiar más del 80 % del menor valor entre precio y tasación? El aval cubre el tramo que supera el 80 % y puede llegar hasta el 100 % de ese valor de referencia.
Sí, necesito financiar más del 80 %
No, puedo financiar el 80 % o menos

¿Cuánto necesito ahorrado para los gastos?

La financiación puede llegar hasta el 100 % del menor valor entre el precio y la tasación. Aun así, los impuestos y demás gastos de compraventa no quedan automáticamente cubiertos y suelen requerir ahorro propio.

Si no la conoces, la estimación asumirá que coincide con el precio de compra.
¿Tienes estos ahorros disponibles?
El resultado es aproximado. La financiación máxima depende de la solvencia, la aprobación del banco y el menor valor entre precio y tasación. Los gastos e impuestos pueden requerir ahorro propio y deben confirmarse antes de firmar.