Bonificaciones fiscales en el ITP por compra de vivienda en Andalucía
Andalucía aplica un tipo general del 7% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, pero contempla tipos reducidos del 6%, 3,5%, 2% y 1% según el perfil del comprador, el uso de la vivienda y el tipo de operación.
Tipo general del ITP en Andalucía
Para las transmisiones patrimoniales de inmuebles, el tipo general indicado en esta guía es del 7%.
Transmisiones patrimoniales
Tipo general aplicable cuando no se cumplen los requisitos de un tipo reducido.
Tipos reducidos y bonificaciones fiscales
Estos son los principales supuestos recogidos en esta guía para la compra de vivienda y otras operaciones inmobiliarias.
Vivienda habitual hasta 150.000 €
- Debe destinarse a vivienda habitual.
- Valor máximo del inmueble: 150.000 €.
- No exige pertenecer a un colectivo específico.
Jóvenes y otros colectivos protegidos
- Vivienda habitual de hasta 150.000 €.
- Menor de 35 años.
- Víctima de violencia doméstica o terrorismo.
- Vivienda en municipio con problema de despoblación.
Familia numerosa o discapacidad
- Vivienda habitual.
- Discapacidad igual o superior al 33%, o pertenencia a familia numerosa.
- Valor máximo del inmueble: 250.000 €.
Reventa por profesionales inmobiliarios
- El adquirente debe ejercer una actividad empresarial.
- La compra debe realizarse con finalidad de reventa.
Operaciones con garantía pública
Aplicable, según el supuesto indicado en esta guía, a operaciones en las que intervienen Sociedades de Garantía Recíproca o sociedades mercantiles públicas estatales o andaluzas cuyo objeto sea la prestación de garantías.

¿Quieres financiar hasta el 100% de tu vivienda en Andalucía?
Existe una opción que puede permitirte comprar tu primera vivienda sin aportar el 20% habitual de entrada. Descubre cómo funciona la hipoteca joven en Andalucía y comprueba si puedes acceder.
Calcula el ITP de tu compra en Andalucía
Introduce el precio de compra y selecciona tu situación para obtener una estimación del impuesto.
Calculadora ITP Andalucía
Estimación orientativa según los supuestos recogidos en esta página.
Requisitos comunes para los tipos reducidos
- El inmueble debe destinarse a vivienda habitual, que según el criterio indicado en esta guía implica residir en ella al menos 3 años consecutivos.
- Si se pierden posteriormente los requisitos, puede ser necesario presentar una autoliquidación complementaria.
- En ese caso, se ingresaría la diferencia entre el tipo reducido aplicado y el tipo general, junto con los intereses de demora que correspondan.
Ejemplo práctico
Si adquiriste una vivienda de segunda mano aplicando el 3,5% por ser menor de 35 años y posteriormente la vendes sin haber mantenido el uso como vivienda habitual durante el plazo exigido, podrías perder el derecho al tipo reducido y tener que presentar una autoliquidación complementaria.
Comparativa con otras comunidades
Andalucía presenta una estructura relativamente sencilla, con un tipo general del 7% y varios tipos reducidos enfocados principalmente a vivienda habitual, jóvenes, familias numerosas, personas con discapacidad y determinados supuestos de actividad inmobiliaria.
Valoración relativa: ★★★★☆ (4/5)
Posicionamiento: especialmente interesante para determinados perfiles que compran vivienda habitual dentro de los límites de precio previstos.