Calculadora plusvalía municipal

Calcula cuánto pagarás por la Plusvalía Municipal

Esta herramienta te permite estimar el impuesto municipal por la transmisión de una vivienda, ya sea por venta, herencia o donación. Introduce las fechas, valores de compra y venta, y el valor catastral del terreno. Calcularemos automáticamente la cuota por los dos métodos disponibles (real y objetivo) y te indicaremos cuál es más favorable.

Recuerda: este cálculo es orientativo y puede variar según la normativa específica de tu Ayuntamiento.

Calculadora Plusvalía Municipal

Calculadora Plusvalía Municipal

Guía completa sobre la Plusvalía Municipal

La plusvalía municipal es un impuesto local que grava el incremento de valor del terreno urbano cuando se transmite una vivienda, ya sea por venta, herencia o donación. Cada Ayuntamiento gestiona este tributo en su municipio.

📊 Métodos de cálculo disponibles:

  • Método real: se calcula sobre la ganancia real obtenida, es decir, la diferencia entre el valor de venta (o herencia/donación) y el valor de adquisición.
  • Método objetivo: aplica un coeficiente aprobado por ley al valor catastral del terreno según los años de posesión del inmueble.

⚖️ El Ayuntamiento debe calcular ambos métodos

Desde la reforma normativa tras la Sentencia del Tribunal Constitucional de 2021, el Ayuntamiento está obligado a calcular la cuota por ambos métodos y aplicar automáticamente el que resulte más favorable para el contribuyente.

📅 ¿Quién debe pagar y en qué plazo?

  • En una venta: el vendedor dispone de 30 días hábiles desde la firma en notaría.
  • En una donación: el donatario tiene 30 días hábiles.
  • En una herencia: el heredero tiene 6 meses desde el fallecimiento, prorrogables otros 6.

Tip práctico: conserva siempre el valor catastral del terreno (IBI) y la escritura de compra, ya que son imprescindibles para calcular correctamente el impuesto y justificar valores ante el Ayuntamiento.

Preguntas frecuentes sobre la Plusvalía Municipal

Si no presentas la autoliquidación o comunicación de la plusvalía municipal dentro del plazo legal (30 días hábiles en ventas y donaciones, 6 meses en herencias), el Ayuntamiento puede imponerte recargos, intereses de demora e incluso sanciones por incumplimiento.

En 2021, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional el sistema de cálculo anterior. Desde entonces, se aplica una normativa reformada que exige que se tribute solo si hay un incremento real y permite elegir el método de cálculo más favorable para el contribuyente.

La plusvalía municipal es un impuesto local sobre el incremento del valor del terreno urbano. En cambio, el incremento patrimonial que tributa en el IRPF se refiere a la ganancia global obtenida por la venta del inmueble (precio de venta menos precio de compra + gastos). Ambos impuestos son independientes y compatibles.

No. Solo se paga en los municipios que hayan aprobado expresamente este tributo mediante ordenanza fiscal. Si tu municipio no lo ha regulado, no existe obligación de pago, aunque sí se recomienda notificar la transmisión.

Sí, aunque no exista obligación de pago, es recomendable comunicar la transmisión de la vivienda para que quede constancia en el catastro municipal y se actualicen los datos fiscales del inmueble.

Normalmente se requiere: copia de la escritura de compra y venta (o herencia), DNI del transmitente y adquirente, último recibo del IBI, valor catastral del terreno, y en algunos casos, justificantes de gastos o mejoras si se utiliza el método real.

Al presentar tu autoliquidación puedes calcular ambas opciones previamente con nuestra calculadora. Si es el propio Ayuntamiento quien liquida el impuesto, puedes solicitar expresamente que se apliquen ambos métodos y se justifique la elección del más favorable.

No. Solo se aplica sobre el valor catastral del suelo (terreno), no sobre la edificación ni el valor total de la vivienda. Este dato puedes encontrarlo en el último recibo del IBI.