Bonificaciones fiscales en el ITP por compra de vivienda en Castilla-La Mancha (actualizado 2026)

Castilla-La Mancha aplica un tipo general elevado del 8% en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), aunque cuenta con una batería de tipos reducidos del 6%, 5%, 4%, 3%, 2% y 1%, en función de factores como la edad, el perfil social del comprador, el destino de la vivienda o el grado de despoblación del municipio.

Puedes consultar los municipios beneficiarios y normativa específica en el portal tributario de la Junta de Castilla-La Mancha.


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Tipo general del ITP en Castilla-La Mancha

ModalidadTipo aplicable
General 9%

Tipos reducidos y bonificaciones fiscales

6% – Primera vivienda habitual

  • Valor máximo de la vivienda: 180.000 €.
  • Financiación superior al 50% mediante hipoteca sobre la vivienda adquirida.
  • La tasación debe ser igual o inferior al valor declarado.
  • El valor declarado debe ser igual o superior al valor de referencia catastral.

Reducciones progresivas por despoblación:

Solo aplicable si se trata de la primera vivienda habitual, con valor ≤180.000 € y se cumple la financiación mínima vía hipoteca (50%).

5% – Colectivos protegidos

  • Menores de 36 años
  • Personas con discapacidad ≥65%
  • Familias numerosas
  • Familias monoparentales
  • Mismas condiciones que la bonificación del 6%.

6% – Promesa u opción de compra (vinculada a alquiler)

  • Para menores de 36 años, en viviendas protegidas.
  • Ocupación obligatoria en el plazo de 1 mes desde la firma del contrato.
  • Debe poder inscribirse en el Registro de la Propiedad.

4% – Adquisición sin renuncia a la exención del IVA

  • El comprador actúa como empresa o profesional sujeto pasivo de IVA.
  • Opera sin renunciar a la exención.
  • Debe cumplir los requisitos del art. 20 de la Ley 37/1992 del IVA.

Empresas / Actividad profesional

ZonaTipo aplicable
Riesgo de despoblación5%
Intensa despoblación4%
Extrema despoblación3%

5% – Empresas del sector inmobiliario (PGC)

  • Compraventa para reventa en ≤3 años.
  • Solo si el inmueble se incorpora al activo circulante.
  • Actividad principal: promoción, construcción o compraventa inmobiliaria.

5% – Transmisión de patrimonio empresarial (unidad económica)

  • Se debe mantener:
    • Actividad habitual en CLM durante 5 años.
    • Plantilla media equivalente a la previa.
  • Solo aplica cuando la transmisión incluya conjunto de elementos corporales e incorporales que puedan constituir una unidad económica autónoma.

Requisitos comunes

  • Primera vivienda habitual del adquirente (salvo empresas).
  • Financiación ≥50% vía préstamo hipotecario, formalizado con entidades reguladas por la Ley 2/1981.
  • La vivienda debe:
    • Tener valor ≤180.000 €.
    • Ser tasada igual o por debajo del precio declarado.
    • Tener un valor declarado ≥ al valor de referencia (catastro).

Municipios con beneficios rurales

El listado de municipios por nivel de despoblación puede consultarse según la Ley 2/2021 y el Decreto 108/2021 de Castilla-La Mancha, disponible junto al mapa oficial de zonas rurales.


Observaciones y advertencias

  • Castilla-La Mancha no bonifica operaciones que superen los 180.000 €, lo que limita el acceso a ayudas en zonas urbanas o para viviendas de mayor tamaño.
  • Aunque tiene medidas fiscales diferenciadas por despoblación, no hay ventajas específicas por patrimonio o renta.
  • En zonas con necesidad urgente de repoblación, se echa en falta mayor flexibilidad en requisitos.

Comparativa con otras comunidades

Castilla-La Mancha ofrece una buena batería de tipos reducidos, pero no alcanza su máximo potencial en términos de fomento de la inversión rural. El tipo general del 9% y la exigencia hipotecaria para todos los beneficiarios limitan la aplicabilidad real de sus beneficios.

Valoración relativa: ⭐⭐⭐⭐☆ (4/5)
Posicionamiento: Tipos reducidos relevantes, pero con el tipo impositivo de salida por encima de la media nacional.


Más información oficial

Normativa tributaria y listado de municipios rurales (web oficial)